El Gobierno denegó el visado para residir en España a un general venezolano que fue viceministro de Maduro

Un juez acepta el argumento de que su presencia en nuestro país representaba un riesgo para la política exterior y podía interferir en las relaciones bilaterales Madrid-Caracas

Nicolás Maduro, presidente de Venezuela.
Nicolás Maduro, presidente de Venezuela.
  1. Visado de residencia
  2. Nombrado viceministro
  3. Represión contra los manifestantes
  4. “Riesgo para la política exterior”
  5. Negó las acusaciones
  6. Investigado en la Corte Penal Internacional
  7. “Motivación suficiente”
  8. El servicio de inteligencia detuvo a su hijo
Disturbios en Caracas.
Disturbios en Caracas.

Un ex alto cargo del Gobierno de Venezuela fracasa en su intento de obtener un visado de residencia en España. El Consulado General de España en Caracas se lo denegó, y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado esa decisión.

Confidencial Digital ha consultado una sentencia reciente de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid que desestima el recurso contencioso-administrativo que interpuso la defensa de ese ex alto cargo venezolano, un militar que ocupó puestos relevantes en el régimen bolivariano.

En una fecha que no se precisa, este venezolano presentó en el Consulado General de España en Caracas una solicitud de visado de residencia sin finalidad laboral. Es decir, que pretendía marcharse de Venezuela y trasladarse a vivir en nuestro país.

El consulado español respondió con una negativa. En una resolución de 24 de enero de 2022, denegó el visado de residencia sin finalidad de laboral a este hombre.

La denegación del visado se justificó “en aplicación del artículo 27.4 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y la Disposición Adicional Novena del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) sobre el cumplimiento de los fines de política exterior del Reino de España, al concurrir razones de interés público relacionadas con la seguridad ciudadana y las relaciones internacionales de España”.

Visado de residencia

La Ley de Extranjería establece que “los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán estar provistos de visado, válidamente expedido y en vigor, extendido en su pasaporte o documento de viaje”.

Hay varios tipos de visados: de tránsito, de estancia, de estudios... en este caso, la solicitud pedía un visado de residencia, “que habilita para residir sin ejercer actividad laboral o profesional”.

Como argumentó el consulado, la misma ley señala que “el ejercicio de la potestad de otorgamiento o denegación de visados se sujetará a los compromisos internacionales vigentes en la materia y se orientará al cumplimiento de los fines de la política exterior del Reino de España y de otras políticas públicas españolas o de la Unión Europea, como la política de inmigración, la política económica y la de seguridad ciudadana”.

Nombrado viceministro

La resolución del consulado español en Caracas repasó la biografía del solicitante de un visado de residencia en España.

 

Señaló que era un general de División de la Fuerza Armada Militar Bolivariana, que mediante el Decreto 1.581 de la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela fue nombrado “viceministro para el Sistema Integrado de Investigación Penal del Ministerio para Relaciones Interiores, Justicia y Paz”.

Ese decreto se puede consultar en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Lo firmaron el presidente, Nicolás Maduro; el vicepresidente, Jorge Arreaza; y la ministra, Carmen Meléndez; y muestra que el nombrado mediante este decreto fue Saúl Arturo Utrera Ramírez.

Decreto de nombramiento de Saúl Utrera.
Decreto de nombramiento de Saúl Utrera.

El consulado español se extendió en explicar las funciones que asumió este militar: “Este Viceministerio tiene competencia en materia de investigación penal y es responsable del diseño, dirección, planificación, supervisión y evaluación de las políticas públicas relacionadas con el Sistema Integrado de Investigación Penal. Entre los órganos adscritos al mismo, destaca el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas”, un cuerpo policial de investigación.

Utrera “ejerció dicho cargo entre enero y abril de 2015”, precisó el consulado.

Represión contra los manifestantes

La resolución que denegó el visado a este ex alto cargo del régimen de Nicolás Maduro se hizo eco de que “varias organizaciones no gubernamentales y colectivos de Derechos Humanos, así como medios de comunicación y partidos de la oposición política, han denunciado que durante el período de ejercicio de sus funciones” de Utrera como viceministro, “y en el contexto de las protestas que se produjeron en Venezuela, las fuerzas de seguridad a su cargo habrían sido responsables de comportamientos contrarios a los Derechos Humanos, incluyendo, entre otras alegaciones, uso excesivo de la fuerza, detenciones arbitrarias y malos tratos a los detenidos”.

Citó también “el informe de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, establecida en el seno del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas”, que en 2020 describió el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas que dirigía Utrera “como una institución que ha cometido violaciones de los derechos humanos en Venezuela de manera sistemática al menos desde 2014”.

Esas acusaciones “se encuentran en este momento bajo investigación por parte de la Corte Penal Internacional”, advirtió el consulado en enero de 2022.

“Riesgo para la política exterior”

La legación consular española consideró que “debido a estas alegaciones públicas vinculadas al ejercicio de su cargo como viceministro en 2015, cargo público de designación política y de elevado rango y responsabilidad, la presencia del solicitante en España representa un riesgo para la política exterior española”.

Además, también entendió que “podría interferir tanto en las relaciones bilaterales con el Estado de origen del solicitante”, es decir, con Venezuela, “como con la política multilateral española en materia de Derechos Humanos, circunstancia que sustenta la denegación de los visados”.

Negó las acusaciones

Este general de División de las Fuerzas Armadas venezolanas recurrió por vía contencioso-administrativa para intentar que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulara la decisión del consulado, y le concediera el visado de residencia en España.

Alegó que “el propio fiscal de la Corte Penal Internacional ha desmentido la ignominiosa e infundada versión de los hechos emitida por el Consulado General de España en Caracas por cuanto que, con arreglo al Memorándum firmado por la Fiscalía de la CPI en noviembre 2021”, a él mismo “no cabe calificarle siquiera de sospechoso de haber incurrido en delito alguno”.

Defendió que “la duración en el cargo como viceministro de investigación fue de unos escasos dos meses y no tenía funciones ni capacidad operativa para ordenar dispositivos policiales frente a cualquier tipo de manifestaciones o altercados públicos”.

También aportó otro dato: que “desde el 8 de agosto del 2015 hasta el 11 de agosto del 2016 permaneció legalmente en España acompañando a su esposa que fue designada para cumplir funciones como Adjunta a la Agregaduría de Defensa en la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela ante el Reino de España”.

Este general venezolano denunció que la resolución del Consulado General de España en Caracas estaba “plagada de insinuaciones que no tienen sustento probatorio objetivo, es decir, se vertieron temerarias acusaciones frente a un ciudadano de conducta irreprochable y al cual se le ha hurtado el principio de presunción de inocencia y que ha cumplido con todos los requisitos establecidos en los artículos 46 al 49 del RD 557/2011, de 20 de abril, y no se le requirió para que, de conformidad con el apartado 3 de la Disposición adicional décima del Reglamento, aportara informes que resulten necesarios para resolver la solicitud sin que se haya puesto en duda su capacidad económica en los términos definidos por los artículos 46 y 47 del mencionado RD 557/2011”.

Investigado en la Corte Penal Internacional

El abogado del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores se opuso al recurso, argumentando que este ex viceministro de Maduro “se encuentra bajo investigación de la Corte Penal Internacional, como Tribunal Internacional encargado de juzgar los crímenes más graves y reprobables, delitos de lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra y agresión”.

Exteriores señaló que “dada la gravedad de los delitos que se investigan” la concesión del visado a “un investigado a nivel internacional por delitos contra los Derechos Humanos, supone un riesgo para la política exterior española y podría interferir tanto en las relaciones bilaterales con Venezuela, como país de origen del recurrente, como con la política multilateral española en materia de Derechos Humanos, existiendo, por tanto, en contra de lo argumentado por la demandante, causa legal debidamente explicitada que justifica la denegación”.

“Motivación suficiente”

Los jueces del TSJ de Madrid analizaron la regulación de los visados en la Ley de Extranjería y en el Acuerdo de Schengen, y señalaron que “el visado no se concibe como un derecho, sino como una obligación impuesta a quien desea realizar una breve estancia en el territorio de un estado miembro, es decir, como un requisito previo a la entrada en el territorio de la Unión. El visado es un mecanismo de control de las entradas, y por lo tanto de los flujos migratorios”.

Y a la vista de los argumentos que dio el Consulado General de España en Caracas, concluyeron que “la resolución impugnada es clara en el motivo de denegación”.

Dicha resolución “contiene una motivación suficiente en relación con la causa de denegación que está vinculada, indiciariamente, a esa potestad del gobierno de controlar el ámbito y alcance de sus relaciones internacionales por lo que cualquier discrepancia al respecto no enerva esa facultad en relación con la posible perturbación de las relaciones internacionales de España”.

Por todo ello, decidieron desestimar el recurso.

El servicio de inteligencia detuvo a su hijo

Varias noticias publicadas hace años dan detalles del alejamiento de este general venezolano respecto del régimen bolivariano.

En noviembre de 2015, el hijo del general Utrera, Saúl Utrera, y su suegra, fueron detenidos por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional: el SEBIN, el servicio secreto venezolano.

Saúl Utrera hijo era dirigente de un sindicato estudiantil. Fue puesto en libertad y se dijo que las detenciones se habían debido a un error.

El general Utrera había sido viceministro meses atrás de ese año 2015. En el momento de la detención de su hijo, se encontraba en España con su mujer, que era adjunta a la Agregaduría de Defensa en la Embajada de Venezuela en Madrid.

Un reportaje de 2018 apuntaba que es habitual que las fuerzas de seguridad venezolanas detengan a familiares de ex altos cargos que se alejan del régimen de Maduro.

Sobre Saúl Utrera se indicaba que “se trataba de otro funcionario del chavismo que abandonó sus filas. También había sido subinspector de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y se presume que huyó a España”.

Además, se recordaba que otro medio sugirió que la detención del hijo fue “una trampa con la que esperan lograr obligar a su padre a regresar a Venezuela”.

Manifestación en Venezuela.
Manifestación en Venezuela.

 

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